viernes, 6 de marzo de 2015

"Obligados a denunciar"


     Como podemos ver en el enlace al último vídeo del post anterior, la restricción de la cobertura del Sistema Nacional de Salud español que se produjo con la reforma sanitaria del 2012, causó consternación entre los profesionales sanitarios encargados de la atención directa de personas “no aseguradas”, y por tanto, sin derecho a servicios sanitarios. Motivados por la violación que el RD16/2012 producía sobre declaraciones como la de “los derechos del paciente de la Asamblea Médica Mundial” y el propio Código de Deontología Médica, algunas asociaciones, sociedades y ONGs (como la Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria y Médicos del Mundo), organizaron e impulsaron una campaña de recogida de firmas para fomentar la objeción de conciencia del personal sanitario. Más de 1300 profesionales sanitarios se sumaron a la campaña de recogida de firmas habiendo transcurrido poco más de un mes de su inicio en julio de 2012.


      La Dra. J.G. nos explica sus motivos: “(firmé la declaración de objeción de conciencia) por ser coherente con mis propios principios, los principios deontológicos así como con la Constitución pues, como bien proclama, nuestro sistema sanitario es gratuito y universal”. Pero no solo se unió el personal sanitario sino también el personal no sanitario de los centros sanitarios. “Cuando vienen al mostrador (del centro de salud), soy yo quién tiene que decirle a alguien que no puedo darle cita con el médico, no los políticos; que vengan ellos a poner su cara aquí, delante de una persona sin papeles para que le digan que no le das una cita”, relata J.M., sin ocultar su indignación (administrativo de un centro de salud). Acto seguido, comenta que, como no pueden constar en el sistema informático, suelen llamar a los médicos objetores para decirles que tienen a un paciente “no asegurado” que pide una cita, y les hacen pasar para ser atendidos por el médico, cuando éste puede. El problema es que no se les puede prescribir recetas para medicamentos ni solicitar pruebas complementarias. “Todo se hace, o bien sin constar en el sistema, o bien por urgencias (aunque no sean urgencias)”, dice JM. La Dra. J.G. analiza las consecuencias de estas medidas: “La falta de control de enfermedades, no sólo infecciosas si no también crónicas o terminales, no hace más que aumentar el número de visitas de estos pacientes a urgencias, ya que es el único lugar donde pueden acudir. De esta forma, se sobrecarga al límite el sistema de urgencias y aumenta del gasto hospitalario (que recordemos que es el gran porcentaje del gasto sanitario). Y, por otra parte, disminuimos el control de enfermedades de interés de salud pública tal como la tuberculosis, hepatitis o VIH”.
    
     
 
     La Objeción de Conciencia es la negativa del médico a someterse, por convicciones éticas, morales o religiosas, a una conducta que se le exige, ya sea jurídicamente, por mandato de la autoridad o por una resolución administrativa, de tal forma que realizarla violenta seriamente su conciencia. Su reconocimiento es imprescindible para garantizar la libertad e independencia del ejercicio ejercicio profesional del médico, no siendo admisible, una objeción de conciencia colectiva o institucional. (Código de Deontología Médica, Art. 32.1 y 32.2. Consejo General de Colegios Oficiales Médicos de España, Julio 2011). Su fundamento se remonta al origen de la práctica médica (como se refleja indirectamente en el Juramento Hipocrático), pero se ha ido desarrollando a lo largo del tiempo hasta la actualidad. En la década de los ochenta del siglo pasado, el Tribunal Constitucional dictaminó varias sentencias en relación a la objeción de conciencia (tanto en ámbito militar como sanitario) que han servido para dar respuesta a las inquietudes que algunas actividades generaban en los profesionales sanitarios. En particular, las actividades relacionadas con el origen de la vida (aborto), final de la vida (eutanasia, medidas paliativas) e investigación médica (células madres, técnicas de reproducción asistida).

     ¿Pueden los profesionales médicos acogerse a la objeción de conciencia como recurso para “desobedecer” el RD16/2012?.

     La objeción de conciencia está recogida en el Código de Deontología Médica (conjunto de principios y reglas éticas que han de inspirar y guiar la conducta profesional del médico). Este código está basado en los principios de justicia, no maleficencia, autonomía y beneficencia y, declara que “la profesión médica está al servicio del ser humano y de la sociedad. Debe respetar la vida humana, la dignidad de la persona y el cuidado de la salud del individuo y de la comunidad, atendiendo con la misma diligencia y solicitud, a todos los pacientes, sin discriminación alguna” (Art. 5). Aporta a la profesión médica una competencia de vigilancia y denuncia del sistema sanitario: “Siendo el sistema sanitario el instrumento principal de la sociedad para la atención y promoción de la salud, los médicos han de velar para que en él se den los requisitos de calidad, suficiencia asistencial y mantenimiento de los principios éticos. Están obligados a denunciar las deficiencias, en tanto puedan afectar a la correcta atención de los pacientes” (Art.7.5).

(…)

-o-bli-ga-dos-a-de-nun-ciar-las-de-fi-cien-cias-del-sis-te-ma-sa-ni-ta-rio-”

(...)



Sebastián Tornero Patricio

2 comentarios:

  1. Sebastian:

    ¿Ha cambiado algo tu perspectiva sobre el tema después de pasar unas semanas trabajando para un sistema diferente y con un virus descontrolado de por medio?

    Sin quitar mérito ni interés alguno a esta iniciativa, apoyada por distintos colectivos profesionales, cabe preguntarse si no ha sido una medida poco efectiva (quizá algo más efectista), que tranquiliza conciencias colectivas.

    Y que permite al profesional individual ponerse a cubierto de sus propios "demonios" o purgar una parte de sus "culpas"

    Si tan unánime era/es la voluntad de muchas partes en oponerse a estas medidas, ¿por qué el resultado ha sido mínimo?

    ¿Habéis oído algún atronador vocerío defendiendo el derecho de los declarados no beneficiarios?

    ¿Alguna sociedad profesional ha hecho algo más que un par de comunicados indignados por el tema?

    Todos colaboramos, de alguna manera y en diferente grado, a que siga creciendo la exclusión¡

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  2. Sebastian:

    ¿Ha cambiado algo tu perspectiva sobre el tema después de pasar unas semanas trabajando para un sistema diferente y con un virus descontrolado de por medio?

    Sin quitar mérito ni interés alguno a esta iniciativa, apoyada por distintos colectivos profesionales, cabe preguntarse si no ha sido una medida poco efectiva (quizá algo más efectista), que tranquiliza conciencias colectivas.

    Y que permite al profesional individual ponerse a cubierto de sus propios "demonios" o purgar una parte de sus "culpas"

    Si tan unánime era/es la voluntad de muchas partes en oponerse a estas medidas, ¿por qué el resultado ha sido mínimo?

    ¿Habéis oído algún atronador vocerío defendiendo el derecho de los declarados no beneficiarios?

    ¿Alguna sociedad profesional ha hecho algo más que un par de comunicados indignados por el tema?

    Todos colaboramos, de alguna manera y en diferente grado, a que siga creciendo la exclusión¡

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